El Cambio Climático es generado por diversos motivos y la comunidad internacional se encuentra año a año desplegando acciones cada vez más contundentes para frenarlo, sus actuaciones se enmarcan, entre otros, principalmente en lo establecido por los acuerdos internacionales más relevantes como la Convención Marco de las Naciones Unidas (CMNUCC) y la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible (ODS)².
Cada instrumento internacional contiene similares preocupaciones medio ambientales sustentadas en la protección del medio ambiente, la lucha contra el cambio climático y el desarrollo sostenible que vienen evolucionando con el paso del tiempo; no obstante, un punto en común es la preocupación por la “deforestación” en todo el mundo, que constituye uno de los mecanismos que evita la reducción de emisiones de dióxido de carbono (CO2) por razones evidentes sustentadas en la desaparición de flora que absorbe CO2.
Según el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), los bosques que abarcan un tercio de la superficie del suelo terrestre, aproximadamente 4,000 millones de hectáreas, son ecosistemas críticos que no solo sirven de hábitats para miles de especies en el mundo, sino también para la reducción de CO2 en el medio ambiente. Estas afirmaciones se sustentan en las atractivas características que presentan los bosques como la absorción y almacenamiento de CO2 proveniente del medio ambiente (PNUD, 2023).
Existen diversos estudios que han calculado la capacidad anual de la flora para la absorción de CO2; se calcula que un árbol en promedio puede absorber entre 10 y 30 Kg de CO2 al año (Garret, 2021), sin embargo, según ha señalado el Ministerio para la Transición Ecológica de España, no todos los árboles representan la misma capacidad de absorción de CO2 debido a que existen algunas especies que resultan más eficientes que otras para dicha tarea. La clasificación de las 10 especies más eficientes en absorción de CO2 se presenta a continuación:

Por otro lado, los bosques en su conjunto y a nivel global absorben 7,600 millones de toneladas métricas netas de CO2 o 1.5 veces más carbono que las emisiones de Estados Unidos al año (Harris & Gibbs, 2021), de ahí su vital importancia para reducir el CO2 en el medio ambiente, evitar el calentamiento global y el subsecuente cambio climático.
En la CMNUCC, cada año se evalúan los objetivos establecidos para mitigar la emisión de Gases de Efecto Invernadero (GEI) en las denominadas Conferencias de las Partes o “COP” y la deforestación ha representado una preocupación permanente desde su implementación, no obstante, durante la celebración de la COP 16 (Cancún, México), se establecieron cuatro pilares relacionados a la política internacional relacionada a la Reducción de las Emisiones derivadas de la Deforestación y la Degradación forestal o “REDD+” por sus siglas en inglés:
1. El establecimiento de un Nivel Nacional de Referencia de Emisiones Forestales y/o un Nivel Nacional de Referencia Forestal.
2. Un Sistema Nacional de Monitoreo de bosques robusto y transparente.
3. Una Estrategia o Plan de Acción nacional.
4. Un Sistema de Información sobre cómo las salvaguardas son abordadas y respetadas.
Posteriormente, la COP 19 (Varsovia, Polonia) marcó un hito importante en el desarrollo de REDD+ en el marco de la CMNUCC. En este contexto, se adoptaron siete decisiones clave, conocidas como el Marco de Varsovia para REDD+, que establecen directrices metodológicas, institucionales y de financiamiento basado en resultados para la implementación de actividades de mitigación en el sector forestal (ONU, 2025). Además, se definieron reglas para los sistemas de monitoreo, reporte y verificación (MRV) y el acceso a financiamiento, consolidando un esquema integral para la protección y gestión sostenible de los bosques. Más adelante, el artículo 5 del Acuerdo de París (firmado en 2016) reforzó este marco al subrayar la necesidad de financiamiento adecuado y predecible, promoviendo pagos basados en resultados y el uso de enfoques combinados de mitigación y adaptación para la gestión forestal sostenible.
La más reciente COP29, llevada a cabo del 11 hasta el 22 de noviembre de 2024 en Bakú, Azerbaiyán, abordó el tema de las REDD+, precisando que es un mecanismo fundamental para alcanzar la reducción de emisiones y estableció un nuevo financiamiento a futuro de 3 millones de libras por parte de la Unidad Forestal de Reino Unido apostando por mejorar la transparencia y aplicación de las REDD+ (UNFCCC, 2024).
Ahora bien, desde la perspectiva de los ODS, el “ODS 15 – Vida de Ecosistemas Terrestres” busca la conservación y restauración de los ecosistemas terrestres, la gestión sostenible de los bosques y la mitigación de la degradación de suelos y pérdida de biodiversidad. La degradación del suelo impacta no solo en la extinción de especies, sino también en el avance contra el cambio climático.
Al respecto, el Marco Mundial Kunming-Montreal de la Diversidad Biológica refuerza el ODS 15 con metas claras hacia el 2030 y 2050, precisa que la pérdida de bosques no solo pone en riesgo la biodiversidad y los servicios ecosistémicos, sino que también agrava problemas sanitarios globales y realiza el llamado para adoptar medidas como el consumo responsable, la promoción del ecoturismo sostenible y el fortalecimiento de áreas protegidas con la participación activa de comunidades locales. La conservación de los bosques y su biodiversidad no solo es una necesidad global para todas las especies, sino también una estrategia fundamental para frenar el cambio climático (ONU, 2025).
En ese contexto, la comunidad internacional se encuentra implementado regulación para coadyuvar a la desaparición de bosques, principalmente atacando la economía y la forma en la que se hacen negocios a nivel internacional. Entre las principales normas vigentes o que se encuentran próximas a implementarse a nivel internacional sobre la materia se pueden mencionar las siguientes:
1. Reglamento 2023/1115 de la Unión Europea (UE): Conocido como el “Reglamento sobre productos libres de deforestación (EUDR)”, establece normas para la comercialización y exportación de productos relacionados con la deforestación y la degradación forestal en la UE. Su objetivo es la reducción de la participación de la Unión Europea en la deforestación y degradación forestal en todo el mundo, asimismo contribuir con la reducción de los GEI y la pérdida de biodiversidad mundial (Parlamento Europeo, 2024).
Este reglamento recae en la comercialización de productos como el ganado vacuno, cacao, café, palma aceitera, soya, madera, caucho y productos derivados como, por ejemplo, muebles de madera, chocolates y papel impreso, estará vigente desde el 30 de diciembre de 2025³. Esta norma implica que deberá acreditarse que los productos antes mencionados se producen sin generar deforestación o degradación forestal al momento de ingresar a la UE desde países fuera de esta región (por ejemplo, desde el Perú).
El reglamento no realiza distinción entre deforestación legal e ilegal, por lo que aquellos productos que contengan algún componente de deforestación estarán prohibidos en la UE, además instaura un proceso de debida diligencia dirigido al uso de procedimientos y medidas que garanticen que los productos ingresados en el mercado de la UE se encuentren libres de deforestación.
Las sanciones que se aplicarán para aquellos que incumplan con lo dispuesto por el reglamento serán multas, decomisos, exclusión de procedimientos de contratación pública y prohibiciones temporales relacionadas a actividades económicas como comercializar o exportar productos, entre otros.
2. Propuesta de Ley “Forest Act” de Estados Unidos (2023): Esta propuesta de ley presentada el 30 de noviembre de 2023 a la fecha (en el marco de la nueva administración de Trump) se encuentra pendiente de aprobación por parte del comité de finanzas del senado del congreso de Estados Unidos y contiene disposiciones para limitar la importación de bienes provenientes de tierras deforestadas ilegalmente (U.S. Congress, 2023).
Esta Ley, de ser aprobada, será de aplicación especialmente para los casos del aceite de palma, soya, cacao, caucho y otros productos provenientes de la ganadería que favorecen la deforestación en países productores como Brasil, Colombia y Perú, entre otros (Titley, Mark, 2024). Los productos antes mencionados deberán contar con certificación que demuestre su procedencia desde tierras que no fueron deforestadas ilegalmente, esto implica un mayor control sobre la cadena de suministro y el nivel de información que las empresas Estadounidenses requerirán para importar este tipo de bienes.

Ahora bien, el Artículo 3 del proyecto de ley ha establecido una primera lista de productos a los que se les aplicará esta nueva normativa (aceite de palma, soya, cacao, caucho y ganado), sin embargo, es posible que en un futuro se pueda ampliar la lista incluyendo otros productos que provienen de Perú e ingresan a Estados Unidos. Asimismo, este debate se puede extender a los financiamientos desde Estados Unidos hacia empresas que puedan estar vinculadas a la deforestación, lo cual ampliaría mucho más el espectro de aplicación de la Ley en un futuro.
Respecto a la implicancia de esta nueva regulación especialmente para la industria extractiva, cabe precisar que históricamente se ha vinculado la extracción de minerales o hidrocarburos con la deforestación para la apertura de caminos de acceso, excavaciones y asentamientos en general, por lo que existe la posibilidad de que en un futuro las listas antes mencionadas incluyan restricciones a más bienes que provengan de áreas deforestadas (por ejemplo, ciertos minerales).
Actualmente la UE mantiene vigente el Reglamento UE 2017/821 sobre Minerales de Conflicto que ya establece un proceso de debida diligencia para quienes importen minerales (estaño, tantalio, tungsteno y oro), asegurándose que estos productos no se encuentren relacionados a conflictos armados, abuso de derechos humanos o corrupción, por lo que en este nuevo contexto también existiría la posibilidad de que este reglamento incorpore limitaciones expresas relacionadas a la deforestación en el desarrollo de la actividad extractiva.

En este contexto, la industria extractiva en Perú podría irse preparando frente a futuras actualizaciones regulatorias internacionales que exijan mayor transparencia sobre su impacto ambiental, incluyendo la deforestación asociada a la extracción de minerales e hidrocarburos. La UE, uno de los mercados de exportación de minerales, podría imponer nuevos requisitos de diligencia debida similares a los aplicados en la industria agrícola, obligando a las empresas mineras a demostrar que sus operaciones no contribuyen a la destrucción de bosques ni afectan ecosistemas protegidos.
Nótese que el Perú representa uno de los principales proveedores de estaño, zinc y cobre para Estados Unidos (USGS, 2025), mientras que, para la UE, se encuentra catalogado como uno de los principales productores de arsénico, cobre, además de contar con importante participación en el mercado internacional de plomo, estaño, molibdeno, fósforo y plata (Grohol, Veeh, & DG GROW, 2023).
Según ha informado el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), en noviembre de 2024 las exportaciones de productos metálicos y no metálicos alcanzaron los US$ 4,296 millones y un acumulado de enero a diciembre de US$ 43,712 millones, monto superior en 9.6% al obtenido en el acumulado del mismo periodo en el ejercicio 2023 (US$ 39,878). De dichas exportaciones resaltan el cobre (31.4%), oro (20%), plomo (2.7%) y zinc (2.8%) como los minerales con mayor presencia en el valor de las exportaciones del acumulado anual.
Tanto Estados Unidos como países miembros de la Unión Europea aparecen como destinos relevantes de exportación con importante participación en el valor de exportaciones de cada mineral, tal como Suiza con 18.7% de oro, España con 11% de zinc y 2.3% cobre y Estados Unidos con 2.4% de cobre.
Aunque la legislación internacional que promoverá restricciones a productos que no cumplan con las disposiciones de reforestación aún no está vigente, la minería peruana ya viene contribuyendo a los esfuerzos globales liderados por la UE. Por ejemplo, con la reforestación de 322 hectáreas con quenuales liderada por Compañía Minera Antamina en alianza con comunidades andinas; Minera Yanacocha plantó más de 1.8 millones de árboles en Cajamarca, beneficiando a 1,472 familias; Compañía Minera Poderosa forestó 192 hectáreas en La Libertad para mejorar el ambiente e ingresos locales; Nexa ha implementado viveros y programas de reforestación en Pasco, promoviendo empleo y recuperación ecológica (El Comercio, 2020).
Como puede apreciarse, la industria extractiva peruana (especialmente, el sector minero) ya se ha anticipado con iniciativas forestales relevantes. A fin de cumplir con la normativa internacional, tales iniciativas deberán ser complementadas con prácticas de gestión sostenible y trazabilidad en sus cadenas de suministro, asegurando que sus procesos cumplan con estándares internacionales de sostenibilidad. La implementación de sistemas de monitoreo ambiental, certificaciones de origen responsable y auditorías de impacto serán claves para mantener la competitividad en mercados internacionales, evitando restricciones comerciales derivadas de regulaciones más estrictas sobre deforestación y gestión de recursos naturales como los que se pretende implementar en Estados Unidos como en la UE.
1*Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Master en Derecho (LLM) en Tributación, Energía, Medio Ambiente & Recursos Naturales por la Facultad de Derecho de la Universidad de Houston, Texas (Estados Unidos), LLM en Derecho de Hidrocarburos por la Universidad de Aberdeen, Escocia (Reino Unido), Master en Administración y Negocios (MBA) por la Universidad Adolfo Ibáñez de Chile. Director of Business Tax Services en KPMG Estados Unidos.
2En el año 2000, los Estados miembros de la ONU adoptaron la Declaración del Milenio, comprometiéndose a cumplir ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) para 2015, enfocados en la reducción de la pobreza, la educación, la salud y la sostenibilidad ambiental. Si bien se lograron avances significativos, persistieron brechas críticas en áreas como la mortalidad materno-infantil, la malnutrición y la igualdad de género. Ante estos desafíos, en 2015 los ODM evolucionaron hacia la Agenda 2030, un marco más amplio y ambicioso que incorpora los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), con un enfoque integral y universal para abordar los problemas globales de manera sostenible.
3El Reglamento sobre Deforestación entró en vigor el 29 de junio de 2023, pero su aplicación se postergó hasta el 30 de diciembre de 2025, para garantizar seguridad jurídica y permitir una implementación efectiva de los sistemas de diligencia debida.